EL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD COMO FICCIÓN.
No
caben dudas que en una sociedad democrática, es fundamental que los ciudadanos
podamos ejercer nuestro control sobre los procedimientos de las instituciones
públicas, a través de las garantías que nos brinda todo ordenamiento jurídico
de un Estado de derecho.
En
la práctica cotidiana nos encontramos frecuentemente, con que no siempre es tan
simple hacer exigibles nuestras potestades ante el Poder Publico. El principio de
publicidad del juicio, no es la excepción
En
nuestro caso, nos permitimos reflexionar -más allá de sus constantes
vulneraciones- sobre aquellos casos en que la garantía de publicidad, lejos de
ser utilizada para cumplir con su objetivo rector, es manipulada para otros
fines y estrictamente seleccionada.
El
caso conocido como “Los doce apóstoles” fue juzgado a fines de la década del
’90. Había adquirido espectacularidad para la opinión pública, por los hechos
violentos que habían sucedido en el “Motin
de Sierra Chica” (cárcel bonaerense) creando grandes mitos y la vez,
sacando a la luz la compleja trama judicial-penitenciaria tras la imposibilidad
de resoluciones en las negociaciones de los funcionarios públicos que
intervinieron a lo largo del conflicto. Por estos motivos, tal juzgamiento no
podía ser también avergonzante: requería que las autoridades estén a la altura
de las circunstancias. Y para ello, los
magistrados no tuvieron mejor idea que montar un escenario de tipo medieval,
para que sea registrado al detalle y luego transmitido por los canales de TV.
Bajo
el fundamento de peligrosidad de los imputados, se tomaron estrictas medidas de
seguridad, resolviendo que el proceso oral se lleve a cabo fuera de la
jurisdicción natural (en el penal de Máxima Seguridad Melchor Romero- La Plata),
marcando precedente con la utilización de un sistema de videoconferencia, que
los conectaba con la sala de audiencias (a 200 metros de allí), ya que los
acusados se encontraban encerrados en tres celdas. Que más que acusados,
parecían animales enjaulados para ser condenados en un gran circo.
La
violencia de los presos, de los Doce Apóstoles, estaba siendo revertida. Las
autoridades políticas y judiciales respondieron con otra violencia menos
visible, una violencia que disuade a la sociedad mostrando un ajusticiamiento
previo al de la sentencia. Los primeros planos eran esclarecedores: aquellos
que se habían comportado como animales estaban ahora en sus respectivas jaulas.
Es la violencia del sistema, que se vale
de las propias garantías del ciudadano, para utilizarlas en su contra, para
autoincriminarlo.
Creemos
que tal como este caso lo refleja, debemos ir más allá del mero discurso del
principio de publicidad. A diario ocurren situaciones no menos graves que el
caso presente, y no siempre parecen merecer su televisación. La publicidad de
este juicio fue selectiva, por lo que no es válido reivindicar la aplicación
del principio, cuando en realidad no se brega por incluir a la totalidad de los
casos. El principio de publicidad no
debe ser de aplicación selectiva, para abarcar sólo a unos pocos.
Anahi Studer - Renata Fontana - Sofia Passeggi Schulze
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