“La
República libre de Liberlandia, que según su página web oficial tiene por lema
"Zit a nechat zit", lo que en checo significa "Vive y deja
vivir", busca crear una "sociedad donde los ciudadanos honestos
puedan prosperar sin leyes, reglamentos ni impuestos obligatorios".
La situación planteada es la
siguiente: nosotros como sociedad determinamos qué queremos que sea punible,
pero delegamos en unos pocos la decisión de hacer esas punibilidades reales,
metiendo a los condenados en cárceles. Delegar sin controlar en cuestiones
sociales, sólo lleva al disconformismo de muchos, frente a la pasividad y comodidad
de pocos. Es comprensible que un sistema judicial se vuelva rígido si no hay
control por parte de la misma sociedad que le delega a un cerrado grupo de
personas la tarea de hacer el proceso necesario para poder condenar o absolver
a una persona, con la relevancia social que tiene, o que por lo menos se
refleja tanto en los medios como en la vida cotidiana.
El juicio abreviado, es un instituto muy
cuestionado por los operarios judiciales, doctrinarios y académicos de nuestro
país. Lejos de analizar en profundidad las críticas que diariamente escuchamos,
sí creemos conveniente revisar un aspecto: la publicidad en el juicio
abreviado.
Como bien sabemos, el artículo 431 bis del
Código Procesal Penal habilita la posibilidad de un “acuerdo” (permítasenos la
vaguedad) entre el fiscal y el propio imputado. Esta situación, entre otras
consecuencias, evitaría la realización de un juicio oral y público. Aquí
encontramos nuestro problema: reiteramos, no buscamos en estas breves líneas analizar
el instituto, su coactividad o no coactividad
y demás, pero la publicidad de un proceso de enjuiciamiento, ¿es solo un
derecho/garantía del imputado o también
un “derecho” de la sociedad?. Este interrogante, abre un debate extenso,
ya que encontramos una pugna de derechos e intereses.
Buscando en la red algunos casos, encontramos
un video que nos sirvió de disparador. Se trata de un caso muy contemporáneo en
el que la justicia santafecina procesó por asociación ilícita a varias personas
ligadas a “La banda de los Monos” entre los que
se encuentran políticos, representantes de futbolistas, empresarios y policías
en actividad. En el marco de este proceso, la fiscalía y defensa acordaron
realizar un juicio abreviado. A razón de ello, se realizó la siguiente
conferencia de prensa:
https://www.youtube.com/watch?v=WD7IM09ghtI#action=share
Los invitamos a escuchar atentamente a partir
del minuto 5:20, en el que un periodista
pregunta si se decidió avanzar con un juicio abreviado para EVITAR TELEVISAR el
juicio,(es decir que no se produzca el debate oral y público), porque de esa
manera se expondrían hechos que vincularían con la causa, al actual gobernador
de la provincia de Santa Fe: Antonio Bonfatti. Por supuesto, que enseguida se
desvío la respuesta. Y el periodista, hábilmente reiteró “ASI NOS HABRÌAMOS
ENTERADO LA CIUDADANÌA”.
Si bien, como acertadamente se expone, con el
proceso penal se persigue determinar la
autoría y responsabilidad penal de los imputados, no podemos desconocer que en
muchos casos, los delitos se vinculan con cuestiones de índole política.
Entonces, nos volvemos a preguntar: ¿la publicidad es solo un derecho/garantía
del imputado?
Lejos de Liberlandia, debemos seguir pensando y
reflexionando acerca de estos institutos y su impacto social.
ANGELINO AGUSTINA, GARCIA ARCERI ROCÍO, GALLO BRIAN Y TOSONI FEDERICO
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