domingo, 26 de abril de 2015

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“La República libre de Liberlandia, que según su página web oficial tiene por lema "Zit a nechat zit", lo que en checo significa "Vive y deja vivir", busca crear una "sociedad donde los ciudadanos honestos puedan prosperar sin leyes, reglamentos ni impuestos obligatorios".

La situación planteada es la siguiente: nosotros como sociedad determinamos qué queremos que sea punible, pero delegamos en unos pocos la decisión de hacer esas punibilidades reales, metiendo a los condenados en cárceles. Delegar sin controlar en cuestiones sociales, sólo lleva al disconformismo de muchos, frente a la pasividad y comodidad de pocos. Es comprensible que un sistema judicial se vuelva rígido si no hay control por parte de la misma sociedad que le delega a un cerrado grupo de personas la tarea de hacer el proceso necesario para poder condenar o absolver a una persona, con la relevancia social que tiene, o que por lo menos se refleja tanto en los medios como en la vida cotidiana.
El juicio abreviado, es un instituto muy cuestionado por los operarios judiciales, doctrinarios y académicos de nuestro país. Lejos de analizar en profundidad las críticas que diariamente escuchamos, sí creemos conveniente revisar un aspecto: la publicidad en el juicio abreviado.
Como bien sabemos, el artículo 431 bis del Código Procesal Penal habilita la posibilidad de un “acuerdo” (permítasenos la vaguedad) entre el fiscal y el propio imputado. Esta situación, entre otras consecuencias, evitaría la realización de un juicio oral y público. Aquí encontramos nuestro problema: reiteramos, no buscamos en estas breves líneas analizar el instituto, su coactividad o no coactividad  y demás, pero la publicidad de un proceso de enjuiciamiento, ¿es solo un derecho/garantía del imputado o también  un “derecho” de la sociedad?. Este interrogante, abre un debate extenso, ya que encontramos una pugna de derechos e intereses.
Buscando en la red algunos casos, encontramos un video que nos sirvió de disparador. Se trata de un caso muy contemporáneo en el que la justicia santafecina procesó por asociación ilícita a varias personas ligadas a “La banda de los Monosentre los que se encuentran políticos, representantes de futbolistas, empresarios y policías en actividad. En el marco de este proceso, la fiscalía y defensa acordaron realizar un juicio abreviado. A razón de ello, se realizó la siguiente conferencia de prensa:

https://www.youtube.com/watch?v=WD7IM09ghtI#action=share

Los invitamos a escuchar atentamente a partir del  minuto 5:20, en el que un periodista pregunta si se decidió avanzar con un juicio abreviado para EVITAR TELEVISAR el juicio,(es decir que no se produzca el debate oral y público), porque de esa manera se expondrían hechos que vincularían con la causa, al actual gobernador de la provincia de Santa Fe: Antonio Bonfatti. Por supuesto, que enseguida se desvío la respuesta. Y el periodista, hábilmente reiteró “ASI NOS HABRÌAMOS ENTERADO LA CIUDADANÌA”.
Si bien, como acertadamente se expone, con el proceso penal se persigue  determinar la autoría y responsabilidad penal de los imputados, no podemos desconocer que en muchos casos, los delitos se vinculan con cuestiones de índole política. Entonces, nos volvemos a preguntar: ¿la publicidad es solo un derecho/garantía del imputado?

Lejos de Liberlandia, debemos seguir pensando y reflexionando acerca de estos institutos y su impacto social.

ANGELINO AGUSTINA, GARCIA ARCERI ROCÍO, GALLO BRIAN Y TOSONI FEDERICO

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